Legislación que regula la quema de RAC
El tratamiento de la vegetación en pie y del RAC (Residuo agrícola de cosecha) está regulado por distintas leyes en Argentina. En el caso de la caña de azúcar, el 80 a 85% de la planta corresponde a tallos que se pueden moler y el restante 15 a 20% es RAC (constituido por tallos inmaduros, hojas y despunte). La cantidad de RAC depende de la ubicación del terreno, variedad de caña cultivada, manejo del cultivo, presencia de heladas y época de cosecha.
Algunas leyes que regulan la quema de RAC son:
Ley 26.562: prohíbe la quema en todo el territorio nacional.
Ley 26.815: sobre Manejo del Fuego, a la que Tucumán se halla adherida a través del decreto 2006/9.
El Código Penal de laNación, artículo 186 (delito contra la seguridad pública).
Ley 6253: de prohibición de quema de vegetación.
Ley 7.459 (Tucumán): por la cual los ingenios están impedidos de recibir caña quemada.
Ley 6.292 (Tucumán, capítulo IX): regula la quema de vegetación.
Algunas de las disposiciones de estas leyes son prohibir la quema:
• En un radio de un kilómetro desde los bordes urbanos.
• En una franja de 20 metros a cada lado de la línea de conducción de cables de alta o media tensión.
• En un radio de 500 metros alrededor de las subestaciones de energía eléctrica de concesionarias.
• En un radio de un kilómetro desde el borde perimetral de los aeropuertos y aeródromos.
• En un área dentro de 100 metros a cada lado de la franja de dominio de rutas nacionales o provinciales, y de red ferroviaria.
• En un radio de 500 metros alrededor de las áreas protegidas nacionales, provinciales o privadas.
Sin embargo, a diario se observa el incumplimiento de las normas, y se desconoce las sanciones que reciben quienes las infrigen. La quema se hace incluso en proximidades de casas, autos, escuelas, exponiendo la vida de los pobladores y los bienes a un alto riesgo.


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